Inicio / Actualidad / NOTA ACLARATORIA SOBRE LAS ORDENANZAS FISCALES

NOTA ACLARATORIA SOBRE LAS ORDENANZAS FISCALES


Dada la confusión que parece se ha generado con respecto a las tasas por utilización de edificios y espacios públicos tras la aprobación de las nuevas ordenanzas fiscales que hemos publicado el pasado día 2 de enero, y que podréis encontrar en esta misma página, queremos extraer el siguiente párrafo que dice de textualmente:

ARTÍCULO 15. Hecho Imponible:

Constituye el hecho Imponible de la tasa, la utilización privativa de edificios, locales e instalaciones de carácter público para actividades culturales, deportivas, de solidaridad, conferencias, cursos, ocio, marketing empresarial o cualquier otro compatible con la finalidad pública de dichos bienes, pero desarrolladas con carácter privado o exclusivo y con ánimo de lucro.

Subrayamos el último párrafo para evitar confusiones innecesarias, y recordamos que junto a la información está el enlace con la página de la Diputación, enlace donde aparece el texto íntegro de las ordenanzas y que recomendamos leer (sólo son 11 folios).

Te interesa

Rita Barrera habla de su experiencia con los pistachos en Noticias Atiempo.

El diario digital Noticias Atiempo publica hoy una entrevista con nuestra vecina Rita Barrera Prieto. …