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Moríñigo: cuna de otro personaje relevante de Las Villas

PERSONAJES DE LA VILLAS

Moríñigo: cuna de otro personaje relevante de Las Villas
Julián Sánchez Ruano nació en Moríñigo en 1840 y murió en Madrid en 1871.
Estudió como seminarista en Salamanca y posteriormente Derecho y Filosofía y Letras.
El «Dómine Batuecas»- pseudónimo que le gustaba utilizar en sus escritos- fue un personaje de marcadas ideas republicanas, llegando a ser Diputado y secretario en las Cortes generales tras la llamadas «Revolución de Septiembre» de 1868 que terminó con el reinado de Isabel II y que dio paso al corto reinado de Amadeo Primero de Saboya y cuya renuncia tras dos años de reinado dio paso a la Primera República, que ya no pudo ver nuestro personaje.

Su corta vida transcurrió en Madrid donde, a parte de la política, se dedicó a diversas facetas como el periodismo, colaborando con medios de comunicación de aquella época como «El Pueblo» «La Discusión» o «La Revista de España», la literatura, la filosofía, la poesía e incluso la biografía. Fue también un destacado y brillante orador.

Su obra y aportación más importante fue la recopilación y posterior publicación de Fuero de Salamanca. Por primera vez «sale á la luz un monumento glorioso para esta Ciudad ilustre y para toda su provincia».

El «Fuero de Salamanca» no fue una concesión de los reyes sino de los «representantes populares de la autoridad, que ejercieron funciones legislativas» y tuvo «tanto mayor vigor y fuerza, cuando que fue sancionada por la tolerancia de los monarcas que la respetaron y aprobaron, ya directa, ya indirectamente, en larga serie de años y al través de vicisitudes de índole varia».
Sobre la fecha de su concesión a la ciudad del Tormes, Sánchez Ruano afirma, rotundamente, «(…) que Salamanca tenía privilegios antes del siglo XII, consta en multitud de documentos. De los otorgados por el conde Ramón de Borgoña al comienzo de ese siglo, quedan en gran número en la presente recopilación. De las confirmaciones y aumentos posteriores, hasta el siglo XIII, quedan memorias fidedignas: 1208, 1231, 1237 y 1369». De ahí se deduciría -como han afirmados otros expertos y a pesar de la divergencia de opiniones- que, probablemente, el Fuero lo concediera el rey de León y Castilla Alfonso VI el Bravo, hacia 1085, al ordenar su repoblación.
El texto incluye 370 acápites con un contenido muy amplio: de quien ampara al enemigo, dar derecho de muerte, los «fiadores de segurancia», las «mandaciones» (atribuciones) del Concejo, funciones de los alcaldes, la justicia, ladrones y hurtos, herencias, orfandad y viudedad, vendimias, ganado, «soldadas» (sueldos), ferias, «emprestar» dineros, diezmos, ofrendas, cotos, querellas, etc.
Contiene, asimismo, un primer apéndice en donde el autor anota y explica diversos aspectos de interés relacionados con el fuero; un segundo con los privilegios concedidos a la ciudad, la donación de Fernando II y las Ordenanzas de 1619; y, finalmente, los fueros de Béjar, «la perla de la provincia»; de la histórica villa de Ledesma y de la renombrada Alba de Tormes; así como los privilegios de Ciudad Rodrigo y una mención a otros pueblos de la provincia que tenían fueros o provilegios especiales: Fregeneda, Barruecopardo, Navasfrías, Negrilla de Palencia, San Cristóbal del Monte, Villoruela, Campo de Peñaranda, etc.

Narciso Turrión

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