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La Consejería de Fomento y Medio ambiente en resolución de 8 de julio de 2011 ha fijado los días hábiles de caza para la media veda en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

CAZA: «LA MEDIA VEDA» YA TIENE SUS DÍAS EN EL CALENDARIO


La Consejería de Fomento y Medio ambiente en resolución de 8 de julio de 2011 ha fijado los días hábiles de caza para la media veda en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Los días hábiles de caza para la «media veda» correspondientes a la provincia de Salamanca serán los que se relacionan a continuación:
En toda la provincia: Los días 15, 18, 20, 21, 25, 27 y 28 de agosto y 1, 3, 4, 8, 10, 11, 15, 17 y 18 de septiembre.
Tanto para la tórtola común como para la paloma torcaz se retrasa el comienzo de la época hábil al 21 de agosto, manteniéndose los restantes días hábiles.
Los días fijados como hábiles para la práctica de la caza de las especies incluidas en la media veda, deberán entenderse como máximos. En consecuencia, el titular o los titulares de los cotos podrán, a la vista de la evolución de las distintas especies, reducir el número de días, establecer cupos o fijar el horario en el que ha de practicarse ésta.
La presente Resolución ha entrado en vigor el Viernes, 22 de Julio, fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

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